miércoles, 31 de enero de 2024

Una lectura a la actual situación política en Colombia desde el texto "Legalidad y legitimidad" de Carl Schmitt (Parte I). Sobre la fortaleza institucional.

Con frecuencia los analistas políticos del país se enorgullecen de la “fortaleza institucional” colombiana dado que sería un freno a todo intento de populismo o autoritarismo. Por ello ante acontecimientos como el otorgamiento de diez curules en el Congreso sin obtener votación para las FARC, las 16 circunscripciones especiales de paz o la victoria del presidente Petro y su programa de gobierno, los analistas insistían en que la fortaleza institucional sería una barrera para salidas en falsos y reformas radicales frente lo construido hasta ahora (para nada despreciable, pero quizá no en la velocidad deseada ni cumpliendo ciertos criterios de justicia anhelados por ciertos sectores).

Aunque la certeza ante la fortaleza institucional ha ido reduciendose, con la aprobación de reformas como la de salud en Cámara de Representantes o el nombramiento de funcionarios clave del gobierno en órganos colegiados de toma de decisiones y cargos significativos, la confianza aún hace pensar que los escenarios futuros no permitirán la aprobación de grandes reformas ni el colapso de algunos de los sistemas estatales.

La confianza de estos analistas descansa en el entendimiento y la suposición que la democracia funciona como una especie de mercado en la que los representantes son elegidos conforme a intereses diversos para negociar y lograr acuerdos mínimos en las asambleas de toma de decisión. Además de la existencia de amplios poderes de veto para la rama judicial. Este esquema ideal funciona sin sobresaltos en escenarios de “normalidad” y en aquellos en que los actores participantes sean leales al esquema, dado que los victoriosos en elecciones coyunturales no abusarían del poder para luego no ser abusados una vez sean derrotados. Pero como veremos en estas líneas, con Schmitt, es un modelo muy frágil en contextos de anormalidad y ante la deslealtad de los actores en el juego democrático.

 

Sobre Carl Schmitt y el texto legalidad y legitimidad (1932 1ra versión).

Schmitt es un autor trasgresor y podría afirmarse que es un analista experto de los contextos de anormalidad, tan necesarios hoy en día. Sus ideas han recibido un tipo de censura por su adscripción involuntaria a organizaciones asociadas a la Alemania nazi por lo que es probable que sea poco conocidas entre este grupo de analistas que confían en la fortaleza institucional. Por suerte, autores como Andrés Rosler o Fernando Atria están rescatando la importancia de su pensamiento, sobre todo en sus relevantes aportes para el derecho en general y el derecho político en específico.


Tomado de: https://elpais.com/babelia/2022-01-08/carl-schmitt-el-genio-nazi-de-la-ciencia-politica.html

En su texto legalidad y legitimidad, cuyo año de publicación original es 1932, se centra en analizar y reflexionar sobre el tipo de Estado diseñado por la constitución de Weimar, sus debilidades y advertencias sobre el devenir de Alemania en momentos de tanta transformación e incertidumbre.


Tomado de: https://www.libros-antiguos-alcana.com/carl-schmitt/legalidad-y-legitimidad/libro 

Para Schmitt, existen cuatro tipos puros de Estado: el legislativo, el judicial, el ejecutivo y el administrativo. Cada uno de ellos tendrá el énfasis en entregar el poder de decisión a ciertos actores particulares. Y si bien, todo sistema jurídico tiene elementos de varios tipos de Estado, habrá elementos claves o nucleares que harán que el Estado tenga una tendencia mayor o menor hacia alguna de las citadas tipologías.

Bajo dichos parámetros, para el catedrático alemán, la constitución de Weimar era una especie de híbrido que quería mantener el Estado legislativo e instituciones tradicionales de la monarquía, junto a otras figuras que hacían imposible el funcionamiento normal del Estado legislativo como, por ejemplo: la introducción del requisito de mayorías especiales en el legislativo y el pluralismo, el permitir los decretos ley al ejecutivo, la posibilidad de convocatoria a referéndums, el control judicial sobre legalidad material y no solo forma (con lo que se rompe la neutralidad del Estado legislador). Todo esto generando debilidad para un funcionamiento del modelo en momentos de normalidad, y peor aún en contextos de anormalidad como los de finales de los años 20` y comienzos del 30`.

Ya en específico para relacionar estas ideas con los supuestos de los analistas y su idea de fortaleza institucional, lo que Schmitt denomina Estado legislativo es bastante semejante a la descripción que presentamos a la democracia como mercado. Por ejemplo, sobre la idea de lealtad que describimos anteriormente, el autor alemán usa el concepto de “igualdad del chance” según el cual:

Si no se quiere ver desmoronarse en el mismo momento todo el sistema de legalidad: tal principio es el de la igualdad de chance para alcanzar esa mayoría, abierta a todas las opiniones, a todas las tendencias y a todos los movimientos concebibles. Sin este principio, las matemáticas de las mayorías, con su indiferencia frente al contenido del resultado, no solo sería un juego grotesco y un insolente escarnio de toda justicia … éstas acabarían también el sistema mismo, desde el instante en que se ganara la primera mayoría, pues esta primera mayoría se instituiría en seguida como poder permanente (p. 280).

Ahora bien, la fragilidad de la lealtad o el chance está en el origen mismo del Estado legislativo. Schmitt lo expresa en los siguientes términos:

… un concepto como la igualdad de chance es de por sí también uno de aquellos conceptos imprecisos y ligados inmediatamente a la situación concreta, cuya interpretación y aplicación competen necesariamente al poder legal y, por tanto, al partido dominante en cada momento. Este último determina por sí solo las posibilidades de acción que está dispuesto a permitir a su adversario político interno; para ello determina por sí solo cuándo comienza la ilegalidad del competidor. Evidentemente, esto no es ya competencia equitativa ni es ya igualdad de chace para alcanzar el poder (p. 284).

Finalmente, y para continuar con la descripción de la debilidad del Estado legislativo cuando un partido no sea leal al modelo, se habla de:

La gran prima que se otorga a la posesión legal del poder, constituida por las tres ventajas de la interpretación arbitraria, la presunción de la legalidad y la ejecutividad inmediata, despliega toda su eficacia práctica en el uso de la posibilidad de eliminar toda idea de igualdad de chance, en virtud de las facultades que conlleva los poderes extraordinarios propios del estado de excepción. Confiere además al partido gobernante no solo los medios para apoderarse del botín, de los spoils del adversario vencido, según el viejo estilo, sino que, gracias al derecho a imponer contribuciones y tributos … A esta gran prima se añaden entonces otras muchas primas de menor importancia… (p. 286).

No me detendré en detallar las posibles similitudes entre el contenido de estas citas y las actuaciones de gobierno colombiano que son documentadas día a día por parte de medios de comunicación. Prefiero dejar al lector que identifique por si mismo las similitudes.

Como vemos entonces, y si aceptamos que los elementos del modelo democrático entendido como mercado se acerca al concepto del chance de Schmitt, la fragilidad está presente y hace aguas en un caso como el colombiano, al igual que hizo aguas la constitución de Weimar en los años 30.

 

En próximas entradas del blog reflexionaremos sobre otros posibles argumentos que sostienen la idea de fortaleza institucional como los poderes de vetos del poder judicial y de ciertos órganos autónomos. También es una buena oportunidad para explorar la propuesta de salida a la crisis que propone Schmitt en dicho texto, conforme a las condiciones de la política y la democracia en la modernidad, como es la salida plebiscitaria, la cual vale la pena revisar en profundidad para no confundirlas con el mero populismo o el terror a lo democrático.

Así entonces, estas entradas al blog esperan incentivar la lectura de las ideas incómodas y tabús de este gran clásico contemporáneo, que ayuda a enfocar de forma diferente la crisis y los escenarios, en estos momentos de propuestas de cambios en Colombia para lo cuales los modelos tradicionales parecen no encontrar mucha explicación.

 

Bibliografía.

Schmitt, C. (2004) Teólogo de la política. Héctor Orestes Aguilar: prólogo y selección de textos. México: Fondo de Cultura Económica.

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