miércoles, 11 de enero de 2023

Síndrome interpretativista II. El caso Claudia López y la importancia de entender el derecho como sistema.

 En una entrada anterior del blog se había destacado uno de los principales síntomas del interpretativismo, aquel del énfasis en despreciar la ley y entregar el derecho a la interpretación arbitraria que hiciesen los jueces de la Constitución Política en cualquier caso, aun cuando no existiesen lagunas en la Constitución o en las leyes ( https://rvluis1.blogspot.com/2022/03/sindrome-interpretativista-el-caso-de.html ).

En esta oportunidad revisaremos otro síntoma del síndrome, el arrepentimiento. Y es que como dice un apreciado, talentoso y joven colega Mexicano todos son intepretativistas hasta que les tocan los cojones.

Un buen ejemplo de individuos que sufren este síntoma son los administradores públicos en ejercicio, en general, y aprovecharemos el caso particular de la Alcaldesa de la Capital de Colombia - Bogotá, Claudia López. Además de reflexionar en torno a la importancia entender al derecho como sistema presentando las ideas principales de Niklas Luhmann.

 

El caso Claudia López.

La alcaldesa López es una líder política con una trayectoria bastante extensa. Al menos se conoce que, desde su juventud, en el año 1991 encabezó el movimiento de jóvenes en favor de la reforma a la Constitución Política.

(Tomado de: https://noticias.caracoltv.com/politica/reviven-video-de-claudia-lopez-de-1990-cuando-hablaba-de-constituyente-para-el-pais )

En su carrera anterior a su primer cargo como cabeza de un ejecutivo y una administración, se había destacado por una defensa a ultranza del interpretativismo en diversas actuaciones de la Corte Constitucional y de Jueces de Tutela. De hecho, antes de ser alcaldesa de Bogotá, era bastante común que aplicase el mal denominado “litigio estratégico”, mejor llamarlo “judicialización de la política”, para alcanzar los objetivos que no podía lograr electoralmente o a través de las instancias de representación democrática.

Quizá el mayor ejemplo de lo anterior, fue su intervención, junto a un sinnúmero de “intelectuales” y políticos (no les miento, son 5 páginas de nombres), que intervinieron apoyando declarar la inexequibilidad de la Ley 1354 de 2009, el referendo a la reelección de Álvaro Uribe, en la sentencia de Constitucionalidad C 141 de 2010, donde los magistrados se sacaron la figura de “Sustitución de la Constitución” (solo dios sabrá de dónde la sacaron) para declarar inexequible dicho referendo.

Ahora bien, todo cambió una vez fue alcaldesa, cuando, como diría mi buen amigo mexicano “Los jueces le tocaron los cojones a su administración y sus esfuerzos por brindar el servicio de seguridad a los ciudadanos”.

Así en entrevista para Blu Radio el 28 de octubre de 2022 (https://www.bluradio.com/blu360/bogota/que-jueces-manden-a-la-carcel-a-delincuentes-dependen-de-la-viralidad-claudia-lopez-pr30 ), realizó una serie de críticas sobre las decisiones de los jueces de control de garantías dado que, ante casos semejantes, en algunos decidían dictar medidas de aseguramiento y en otros casos no, preguntándose por ¿cuál era la razón para esto? ¿de la viralidad o tendencia en redes sociales que tenga el caso?

Adicional, solicitó a los jueces:

Que no haya tanta discrecionalidad, no puede ser que el fiscal o el juez uno, con los mismos hechos y evidencia decida que si hay cárcel, y, el fiscal o juez dos, con los mismos hechos y evidencia decida que no hay cárcel.

Hay que reducir la discrecionalidad. Los derechos de los ciudadanos no pueden depender del humor de un día (subrayado propio).

En el mismo sentido señala:

Entonces, ellos (los jueces) pueden, claro que pueden, acordar sus metodologías para que haya menos discreción y una interpretación que proteja siempre al delincuente (subrayado propio).

Una de las periodistas del panel le señaló que estaba llamando a los jueces a una insubordinación a lo que la alcaldesa señaló:

No, solo digo que cumplan la ley (a los jueces).

Te puse el caso de los tres raponeros de la Av. Boyacá, cogidos en flagrancia. Allí si los enviaron a la cárcel.

¿Allí si sirvió la ley? ¿Por qué en otros casos cogidos en flagrancia no los mandan a la cárcel? ¿Por qué no fue vistoso? ¿por qué no fue viral?

Si el problema era la ley, los raponeros de la Av. Boyacá, cogidos en flagrancia deberían estar sueltos. Esto lo que demuestra es que el problema no es la ley, sino como la interpretan y aplican. A veces los mandan a la cárcel y a veces no.

Hay un margen de discrecionalidad que se puede mejorar (subrayado propio).

 

Dichas declaraciones muestran los efectos de la forma interpretativista de entender el derecho, que lo lleva a generar problemas en otros sistemas sociales, en este caso específico, el subsistema de la administración pública.

Por lo anterior, vale la pena continuar este blog destacando la importancia de volver a la lectura de Niklas Luhmann en torno a entender el derecho como un sistema social más, entre otros. No estoy seguro que este autor esté muy difundido en los programas de derecho en Colombia.  

 

Entender el derecho como un sistema.

Para comenzar, vale la pena señalar el siguiente ejemplo:

Cuando ustedes van a la tienda de barrio, toman el pollo, el cerdo y la carne de res para un sancocho trifásico, llegan a la caja y le dicen al tendero: “Gracias. Por la justicia me llevo esto para mi sancocho trifásico, adiós”. Sencillamente esa acción no tiene sentido para el código y el lenguaje del sistema en el que se enmarca dicha relación, es decir, un sistema económico y de mercado. Por lo cual el vendedor no aceptará ese tipo de respuesta y se pueda generar un conflicto.

De igual forma, cuando acudo ante un juez en una audiencia no puedo decirle “sr. Juez, le ofrezco 1 millón de pesos a cambio que falle a mi favor”. Nuevamente el código y el lenguaje del sistema, en este caso el derecho, no corresponde con lo que comunico en la acción, y nuevamente puede derivar en problemas.

Es posible que para muchos esta situación le sea incómoda, pero ha sido el resultado del paso de sociedades simples a sociedades complejas de la modernidad que ha sido descrito por diversos autores, desde diversas corrientes de pensamientos y paradigmas, desde Weber o Luhmann. Este último, quién dedico su vida entera a la titánica tarea de identificar los códigos de los diversos sistemas sociales (económico, derecho, poder, ciencia, arte, política y sus subsistemas, entre ellos la administración) y explicando el proceso evolutivo que condujo a los mismos.

(Tomado de: https://unbuenplan.blog/2020/05/17/parte-i-el-escritor-que-no-se-forzaba-a-escribir/  )

Así entonces, y como hemos sostenido en otras entradas en este blog, una concepción interpretativista del derecho, en la que las decisiones de los jueces pueden ser tomadas con base en diversas motivaciones (moral, economía, justicia) y no en la ley, significa un retroceso a períodos premodernos de sociedades simples, en los que un código único trata de imponerse a todos los sistemas de la sociedad (¿hoy en día la idea de los derechos humanos?).

Y acá entonces viene el gran peligro de la situación actual con el interpretativismo, pues su involución a la premodernidad choca con otros subsistemas que se mantienen aún bajo sus códigos modernos y demandan su funcionamiento con base en dichas lógicas, como quedó en clara evidencia con las intervenciones de la alcaldesa López en diversos apartados de su entrevista, en la que señaló que ella y su administración estaba implementando diversos programas de política pública para disminuir la delincuencia, pero que la aplicación del derecho penal y la ley no podía ser discrecional y arbitrario por parte de los jueces.

Esperando dejar la curiosidad en ustedes, los invito entonces a asumir la titánica tarea de revisar la extensa y rica obra de Luhmann para contar con herramientas de crítica ante el peligro de involución que significa la visión interpretativista del derecho.

 

Alcaldesa Claudia López vs los Jueces parte 2.

Las diferencias no cesaron, y antes, se presentó un segundo Round entre la alcaldesa y los jueces. En noviembre de 2022 (https://www.infobae.com/america/colombia/2022/11/09/juez-que-dejo-en-libertad-a-13-presuntos-delincuentes-tomo-la-decision-con-base-en-la-constitucion-y-no-con-palabras-de-la-alcaldesa/ ), una jueza de control de garantías apeló a algunos criterios jurídicos de la ley penal (entre ellos que uno de los dos delitos imputados no era objeto de prisión preventiva y no encontrar las armas con las que se llevaron a cabo los hechos)  para ordenar la libertad de 13 presuntos involucrados (todos fueron dejados en libertad) en una robo masivo en el sistema de transporte público de Bogotá Transmilenio, pero también acudió a otros criterios por fuera de la ley penal, entre ellos, los siempre dúctiles derechos humanos de los procesados y de los hijos de los procesados (que no podían quedarse sin sus padres) y un criterio de tipo económico, dado que la jueza realizó unos cálculos estimando lo que costaría al Estado sostener mensualmente a las personas en prisión preventiva.

Más allá de lo cuestionable, pero aceptable de los criterios jurídicos y legales de la juez con base en material probatorio, dado que en efecto hubo denuncia, una víctima de herida en la cabeza a la que la jueza le exigía que tuviese certeza del tipo de arma con que fue agredido y cuatro celulares robados que estaban portando algunos de los 13 involucrados, lo que más llama la atención son los dos criterios extra legales que utilizó la juez en su argumentación, el de los derechos humanos de los hijos de los detenidos, como si dichos derechos no pudiesen ser mejor protegidos por las instituciones del Estado, y el económico costo beneficio, donde, cuan experta en política pública procede a formular política criminal.

Este pequeño ejemplo, también muestra la peligrosa atracción del interpretativismo para satisfacer a todos aquellos que quieran imponer su moral particular como derecho, desde liberales humanistas protectores de la moral de los “derechos humanos” hasta liberales tecnócratas y su moral utilitarista.

Quizá por esto último, la extendida acogida de esta forma de entender el derecho en Colombia que satisface a tirios y troyanos hasta que le tocan los cojones, pero de todas formas sigue guardando la esperanza que el próximo juez si sea de su bando para que le suelte los cojones. ¿Qué puede resultar de tanta tocada de cojones? Nada bueno supongo.

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