sábado, 27 de diciembre de 2025

La tecnocracia y su desconocimiento del republicanismo. Problema para el debate público.

En una reciente entrevista (https://x.com/arielarmelv/status/2001629082392682798 ), un connotado representante de la tecnocracia colombiana señaló sobre uno de los candidatos punteros a la presidencia de la república que “su campaña ha sido sloganes nada más”. Previamente se había autodenominado como liberal, defensor de las libertades individuales y que por tanto no podría apoyar a esa candidatura.

Este pequeño ejemplo puede ser significativo sobre una tendencia dentro de la élite tecnocrática colombiana: un desconocimiento absoluto del pensamiento político republicano y sus principales características (no todas son contrarias a su ideario político liberal). Por esa razón, se procederá a mostrar cómo, lo que el tecnócrata denomina como “sloganes”, son contenidos del pensamiento republicano y cerraremos con una breve reflexión para este tipo de personajes.

 

Ideas del candidato cuestionado por el tecnócrata.

Desde antes de la campaña el citado candidato había mostrado su cercanía con las ideas republicanas de la antigua Roma, de hecho, en sus redes sociales simulaba diálogos y conversaciones con una IA que hacía las veces del Emperador romano Marco Aurelio: https://www.youtube.com/watch?v=n825NSHQi8o , dialogando en torno a la Virtud, una de las principales categorías de este pensamiento.

De igual forma, ya en épocas más cercanas de precampaña, en su discurso se repite constantemente otras ideas cardinales para el republicanismo como: la Patria, la ley y la dictadura (en la concepción clásica) (https://www.youtube.com/shorts/uBkHm5G-4s8 , https://www.facebook.com/watch/?v=1984890642057522 ). Y aunque con algunos detalles para corregir, demuestra una apropiación y convencimiento con dicha forma de pensamiento, que, a pesar de ser enunciadas con frecuencia en los mitos fundacionales de la nación y el Estado en Colombia, en realidad nunca fueron acogidas por las élites del país.

Con este breve recuento, ya se contarían con 4 de las 6 principales categorías del Republicanismo según Andrés Rosler (reseñadas por Rodríguez Valero 2023 en https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/9637876.pdf ), las 2 categorías restantes son las ideas de libertad como no dominación (diferente a la libertad como no intervención liberal) y el debate.

 

Reflexión para la élite tecnocracia colombiana.

No se puede negar que los tecnócratas están altamente formados en economía y contratos para dar cuenta de la realidad social e intervenir sobre ella, logrando avances, lentos pero sostenidos (hasta que dejaron de tener influencia en el gobierno), en la generación de bienestar social en Colombia. Sin embargo, esa misma gran capacidad, mezclada con algo de soberbia, ha generado sociedades plurales liberales, de todos contra todos por la búsqueda de intereses particulares y la captura de rentas públicas, insuficientes siempre y cuyos remedios liberales solo servirán para tapar fugas, momentáneamente, mientras otros cientas estallan en otros sectores.

De allí el humilde llamado a la reflexión y a mirar con otros ojos al pensamiento republicano y sus principales ideas en la que sí se podrían encontrar verdaderas salidas a las grandes crisis de las sociedades liberales pluralistas. De hecho, por suerte, varios tecnócratas parecen haber entendido la importancia de alguna de estos principios republicanos, por ejemplo, el importante rol de la ley para generar políticas públicas rígidas que no sean vulnerables a la discrecionalidad de los gobiernos.

domingo, 7 de diciembre de 2025

El único culpable sin que se demuestre lo contrario.

A pesar que la corriente interpretativista del derecho avanza lentamente en la supresión del principio moderno según el cuál nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, a la fecha sigue teniendo vigencia en términos generales en cuanto a la protección de las personas naturales. No obstante, la situación parece diferente frente a personas jurídicas, y en especial sobre la persona jurídica pública por excelencia, el Estado. Esa ficción jurídica, también moderna, y que en la posmodernidad parece ser la causante de las infinitas desgracias y desventuras de los millones de personas que habitan en su territorio.

En ese sentido, y a propósito del debate entre una candidata a la Presidencia de la República de Colombia y un Periodista del medio de comunicación de la Silla Vacía, en torno a la culpabilidad del Estado sobre las Masacres de las que fueron víctimas los miembros del Partido Político la Unión Patriótica, nos detendremos a analizar las afirmaciones de dicho debate, lo que indican las cifras de la CIDH y otra cifra más desagregadas sobre el tema, y, reflexionaremos sobre los posibles efectos de la tendencia de seguir considerando al Estado culpable de cualquier fenómeno social que ocurra.

 

Las afirmaciones.

En el minuto 20 (https://www.youtube.com/watch?v=_7xBVAKVeSk&t=4274s ), el periodista, en medio de una risa, supongo que algunos la interpretarán como inocente, en mi caso diría que macabra, señala: “la Unión Patriótica y que el Estado exterminó”.

A lo que la candidata procedió a responderle que “partía de una falsa premisa … y que la UP era el brazo político de las FARC”. A lo que el periodista respondió con un “Sí”.

Luego de un intercambio, y ante el señalamiento de la candidata que “no está probado lo que dices”, el periodista acudió a la “verdad” judicial señalando que “hay una condena de la Corte Interamericana”.

El intercambio continuó con la candidata enunciando una serie de argumentos, tesis, textos y sentencias previas a la de la Corte Interamericana. Argumentos que no fueron considerados por el periodista, que se sostiene en la “Legitimidad de la Corte Interamericana” y la “existencia de un proceso contencioso”. La candidata señaló que ese tribunal desconoce la verdad histórica, y comenzó a señalarle algunos ejemplos históricos que muestran la complejidad del conflicto del Colombia, a lo cual el periodista le reconoció alguno de los ejemplos.

La conversación siguió a otro tema, señalándose ambos de ser revisionistas históricos.

 

Las cifras.

La sentencia de la CIDH (2022) condena al Estado Colombiano por Responsabilidad “Directa” por 677 víctimas confirmadas (sin discriminar en la base de datos si el Estado había actuado de forma directa o por “omitir sus deberes”). Ordenadas por tipo de delitos de la siguiente forma:

Delito

Ocurrencias

Ejecución extrajudicial

441

Amenazas

123

Desaparición forzada

94

Desplazamiento forzado

73

Tortura

64

Judicialización infundada

16

Tentativa de homicidio

9

Lesiones

6

Falta al deber de investigar

1

 

Cálculo Propio basado en el anexo 1 de la Sentencia. La suma da 827 debido a que una misma víctima de la 677 pudo haber sufrido varios delitos.
Nota: El anexo 4 de la sentencia, en el que soportan los hechos para condenar al Estado Colombiana solo cuenta con información de 240 Muertes Violentas, es decir, no se muestra información de 200 de las 441 víctimas de ejecuciones extrajudiciales.   

El anexo 3 de la sentencia contiene un listado de 5503 víctimas que serían objeto de constatación por parte de la CIDH para ser reconocidos también como víctimas.

En todo caso, ante estos vacíos para un conocimiento profundo de la responsabilidad Estatal directa usaremos otra fuente a la cual he tenido acceso, no solo para conocer los datos del caso sino para entender este fenómeno de las masacres. Uno de los mejores textos es el libro producto de investigación Identidades Políticas y Exterminio Recíproco. Masacres y Guerra en Urabá 1991-2001 de Andrés Fernando Suárez (2007). Aunque se circunscribe a la región del Urabá y un período de 10 años es altamente representativo dado que esta zona y período fue la que concentró la mayor cantidad de víctimas según informes de la propia Comisión Histórica del conflicto (2022):

La investigación analiza los hitos históricos y se identificaron como los períodos más críticos los años 1988, 1996 y 1997. El 40% de las víctimas letales provienen de Antioquia (Medellín y Urabá especialmente), y le siguen víctimas del Magdalena Medio, especialmente de Santander. No obstante, la violencia política ocurrió en toda Colombia desde La Guajira hasta Arauca (https://web.comisiondelaverdad.co/actualidad/noticias/victimas-union-patriotica-comision-verdad-jep ).

portada Identidades Politicas y Exterminio Reciproco. Masacres y Guerra en Uraba 1991-2001

Portada del texto de Suarez (2007).

En este texto, Suarez nos muestra la siguiente información sobre el número de víctimas de Masacres en el Urabá por tipo de victimario (luego veremos a detalle por militancia política):

Tabla

El contenido generado por IA puede ser incorrecto.

Como vemos, el ejército estaría involucrado en 11 de las 597 muertes, lo que representa el 1.8%. Excluyendo del cálculo las 87 víctimas de los Grupos Armado sin Identificar, el Ejército seguiría estando en el 2% de responsabilidad de las víctimas de masacres en el Urabá.

Ahora bien, en cuanto a víctimas por militancia política Suarez (2007) nos comparte los siguientes datos:

Como puede observarse en la Tabla 6, no se refleja el Ejército entre los victimarios de la Unión Patriótica UP, siendo sus principales victimarios los Grupos Paramilitares y los Comandos Populares. Estos Comandos Populares estaban compuesto por ex miembros de Ejército Popular de Liberación (EPL) que se habían integrado a la vida civil, en buena parte haciendo vida en el Partido Político Esperanza, Paz y Libertad, sin embargo, una vez comenzaron a ser víctimas masacres por parte de las FARC, como se ve en la Tabla 5, retomaron las armas, y así como las FARC se ensañaba con los miembros del Partido Político Esperanza, Paz y Libertad, ellos se ensañaron con la UP, por considerarlo el brazo civil o político de las FARC.

En este sentido, una desagregación profunda de los datos permite observar que la afirmación del periodista del “Exterminio de la UP por parte del Estado” es irresponsable frente a la realidad histórica, la cual parece más cercana a la postura de la candidata que afirmó que se trató de masacres entre los mismos grupos de izquierda. Y vale la pena recordarle al periodista, como lo hizo otra candidata en otra entrevista, que la CIDH solo procesa al Estado, por lo cual, así la realidad de los números indique que particulares y grupos no Estatales fueron los que cometieron la mayoría de los delitos, estos nunca serán condenados por la CIDH.

 

Reflexión sobre los efectos de este tipo de debate.

Varias aristas podrían revisarse frente a este debate, pero como es ya el principal tema de interés de este blog, nos detendremos en los efectos negativos de la forma interpretativista de entender el derecho:  

1. Aumento de la deslegitimización del Estado, en especial de la rama ejecutiva, la administración y la fuerza públicas, la cual, paradójicamente, es la que mayor interacción tiene con la ciudadanía.  

2. El aumento del ciclo vicioso de: Condenas por altas sumas por fallas del Estado – incumplimientos del Estado o cumplimientos parciales – Estado sin recursos para cumplir sus funciones básicas – Nuevas fallas en el Estado – Nuevas condenas.

En caso de que el Estado colombiano deba pagar finalmente el listado de personas del anexo 3 de la sentencia, se estaría hablando de una importante cifra de recursos que aumentará los problemas financieros para cumplir con sus funciones ordinarias.

Recordemos que actualmente el Estado no ha podido cumplir con reparaciones administrativas de víctimas y cursan varias demandas ante Estrados judiciales por billones de pesos por concepto de víctimas del conflicto.

3. Continuación de condenas de la CIDH por cifras extraordinarias y que no se ven en jurisdicciones protectoras de derechos humanos de otros continentes. 

4. Continuación de sentencias sin consideración del impacto financiero por parte de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en Colombia. Tamayo Jaramillo (2012) ha señalado en varios de sus textos como en otros países, con muchos más recursos que Colombia, el Estado no es responsable por crímenes cometidos por el terrorismo, y a sus víctimas, a lo mucho, se le reconoce alguna compensación por vía de ley por solidaridad social, no por responsabilidad del Estado.

5.  La disminución de los incentivos para los Defensores del Estado en instancias internacionales. Recordemos que ya se han presentado casos en los que el Estado ha reparado por condenas de la CIDH a supuestas víctimas de ejecuciones judiciales que luego se descubre que eran personas que estaban con vida.

6.  La proliferación de la idea del Estado Parvulario y la Burocracia del Consuelo descrita por De Lora (2024), que hace pensar a los ciudadanos que el Estado es el responsable de todas sus desgracias y de la satisfacción de todos sus deseos.

La simplificación y maniqueísmo sobre el debate político, pues como trató de convencer el periodista a la candidata, al parecer no se podría cuestionar una decisión de la CIDH, a pesar de que esta no recoja, ni de lejos, la complejidad del fenómeno de las Masacres por motivos políticos entre grupos de izquierda en Colombia. 


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